Proceso de compra


435-1018-CME24

EX-2024-13103202-   -GCABA-HMIRS

ADQUISICION DE GLUCOSA MONOHIDRATO PARA EL SERVICIO DE LABORATORIO.

435 - HTAL. RAMON SARDA



Información básica del proceso

435-1018-CME24

ADQUISICION DE GLUCOSA MONOHIDRATO PARA EL SERVICIO DE LABORATORIO.

ADQUISICION DE GLUCOSA MONOHIDRATO PARA EL SERVICIO DE LABORATORIO.

Contratación menor

Única

Sin Modalidad

Nacional

  • ARS-Peso Argentino

Por cantidad de renglón: parcial
Por renglones: parcial

Por cantidad de renglón: parcial
Por renglones: parcial

Orden de compra

No acepta más de una oferta

ESTEBAN DE LUCA 2151

30 Días hábiles Acto de apertura

Oficina Compras y Contrataciones: 4122-6400 Int. 7198 * 4122-6407- Laura Ramírez (lgramirez@buenosaires.gob.ar)-(sarda_compras@buenosaires.gob.ar).

Ley N? 2.095 (Texto Consolidado por Ley N? 6.588) y Decreto N? 129/23 Art. 39

No

No

Requiere asesoría técnica
Área responsable: Servicio de Laboratorio. Dra. Mónica Nadal-Requiere conformidad U.O.A.

No


Si

310,00

Solicitudes de gasto asignadas al proceso

Número solicitud de gastoEstadoUnidad EjecutoraRubroTipo de urgenciaFecha creación
435-1537-SG24 Autorizada en Proceso435 - HTAL. RAMON SARDA SaludNormal27/2/2024

Detalle de productos o servicios

Número renglónObjeto del gastoCódigo del ítemDescripciónCantidadAcciones
12-5-2-033.10.002.0007.20 DEXTROSA MONOHIDRATO . Modelo: De alta pureza, en plovo saborizado, sin aditivos, listo para usar. En envase individual de 82,5 g 300,00 Unidad


Cronograma

8/4/2024 11:00:00

9/4/2024 08:00:00

16/4/2024 10:00:00

9/4/2024 10:00:00

19/4/2024 09:45:00

19/4/2024 10:00:00

Pliego de bases y condiciones generales

DocumentoNúmero disposición aprobatoriaFecha creaciónAcciones
Pliego de Bases y Condiciones GeneralesDisposición Aprobatoria

27/4/2023


Requisitos mínimos de participación

I. Requisitos económicos y financieros
Nº de requisito Descripción Tipo de documento
1 CONSTANCIA DE PLIEGO GRATUITO ESTE PLIEGO ES GRATUITO SE DEJA CONSTANCIA QUE: *NO SE RECIBIRAN PROPUESTAS POR FAX, NI POR CORREO ELECTRONICO, SEGÚN LO ESTABLECIDO EN EL ART. 101 DE LA LEY 2095 Y MODIFICATORIAS. *CORRESPONDE PRESENTAR GARANTIA (POLIZA DE CAUCION) CUANDO EL TOTAL DE LA OFERTA SUPERE $31.000.000,00(1U.C.) = $310,00 - (Ley 2095 Art.136). *LOS PROVEEDORES DEBERAN PRESENTAR DECLARACION JURADA EN LA QUE CONSTE EXPRESAMENTE QUE NO SE ENCUENTREN INCURSOS EN NINGUNA DE LAS INHABILIDADES PREVISTAS EN LA LEY 2095. *EL HOSPITAL SE RESERVA EL DERECHO DE SOLICITAR DOCUMENTACION DESPUES DEL ACTO DE APERTURA. *SERAN TENIDAS EN CUENTA Y DEBIDAMENTE EVALUADAS OTRAS ESPECIFICACIONES NO SOLICITADAS, SIEMPRE QUE CUMPLAN CON LOS REQUERIMIENTOS MINIMOS Y DE ACUERDO A LAS NECESIDADES PARTICULARES DEL EFECTOR. *LAS COMUNICACIONES QUE SE PRODUZCAN DESDE LA UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES DE ESTE HOSPITAL A LOS PROVEEDORES U OFERENTES, DESDE CORREO ELECTRONICO INSTITUCIONAL (sarda_compras@buenosaires.gob.ar) Y EL DESIGNADO POR EL PROVEEDOR U OFERENTE SE CONSIDERARAN COMO MEDIOS DE COMUNICACIÓN FEHACIENTE. *LAS OFERTAS ORIGINALES DEBERAN ESTAR FIRMADAS EN TODAS SUS FOJAS POR EL OFERENTE O SU REPRESENTANTE LEGAL. *EN LOS PROCEDIMIENTOS EFECTUADOS POR SISTEMA BAC, LAS OFERTAS SERAN PRESENTADAS EN EL MISMO, A TRAVES DE LOS FORMULARIOS ELECTRONICOS DISPONIBLES A TAL EFECTO, CUMPLIMENTANDO CON TODAS LAS PREVISIONES QUE EXPRESAMENTE REQUIERA EL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES Y EL PRESENTE PLIEGO, Y QUE, JUNTO CON LA DOCUMENTACION ADICIONAL, FOLLETOS O TODO TIPO DE DOCUMENTOS QUE EL OFERENTE ADJUNTE ELECTRONICAMENTE, INTEGRARAN LA OFERTA. *PARA EL CASO QUE LOS PLIEGOS PREVEAN LA PRESENTACION DE MUESTRAS O DOCUMENTOS QUE POR SUS CARACTERISTICAS DEBAN SER LUCIDOS EN SOPORTE PAPEL, ESTOS SERAN INDIVIDUALIZADOS EN LA OFERTA PRESENTADA POR BAC Y EXHIBIDOS EN LA UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES EN LA FECHA, HORA Y LUGAR QUE SE INDIQUE EN LOS PLIEGOS DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES. Requiere adjuntar documentación electrónica
II. Requisitos técnicos
Nº de requisito Descripción Tipo de documento
1 Ver Clausulas particulares con especificaciones técnicas, que como PLIEG-2024-13240551-GCBA-HMIRS, forma parte del presente Pliego. No requiere adjuntar documentación
III. Requisitos administrativos
Nº de requisito Descripción Tipo de documento
1 RESFC-2020-294-GCABA-MHFGC LOS OFERENTES DEBERÁN CUMPLIMENTAR CON LA DECLARACION JURADA DE INTERESES PARA PERSONAS HUMANAS O PARA PERSONAS JURIDICAS, SEGÚN CORRESPONDA, TAL COMO SE ENCUENTRA ESTIPULADO SEGÚN LA RESOLUCION CONJUNTA N° RESFC-2020-294-GCABA-MHFGC PODRAN ACCEDER A LAS DECLARACIONES MENCIONADAS EN PUNTO N° 13-ANEXOS. Requiere adjuntar documentación electrónica
2 CONDICIONES PARTICULARES MATERIAL BIOMEDICO-PRODUCTOS MEDICOS: ART.1º) CERTIFICADOS a) No se aceptarán ofertas de productos médicos, cuyos elaboradores o importadores no se encuentran habilitados por la ANMAT. b) Para los productos médicos (Decreto Nº 2505/85, y Resolución Nº 255/94, o Disposición 2319/02 TO 2400 y 2318/02 del Ministerio de Salud) los oferentes deberán presentar en el momento de cotizar, con la oferta: el CERTIFICADO DE HABILITACIÓN, con su correspondiente disposición, acompañado del CERTIFICADO DE BUENAS PRACTICAS otorgado por la autoridad sanitaria fiscalizadora correspondiente ANMAT (DISPOSICIÓN 2318/02 TO2004-2318/02 TO2004) ó según corresponda, todo debidamente firmado por el Director Técnico y apoderado legal de firma. c) Se deberá presentar Registro del Producto médico firmado por el Director Técnico y el Apoderado Legal de la firma. d) Fotocopia de la disposición del profesional responsable que figure como Director Técnico, extendido por el Ministerio de Salud y/o ANMAT debidamente firmado por el Director Técnico y apoderado legal de firma. e) Declaración jurada debidamente firmada por el Director Técnico y Apoderado Legal, haciéndose responsable de que todos los productos cotizados se ajustan a la normativa vigente (Decreto 2505/85, Resolución 255/94, Disposición 2319/02 TO 2004) f) El caso del que el oferente sea un comerciante mayorista o minorista de productos biomédicos, Droguería o Farmacia, deberá presentar al momento de la cotización además de su habilitación, la habilitación del fabricante ó importador del producto que ofrece. ART.2º) ROTULADO Y EMPAQUE Todas las unidades de dispensación deberán estar rotuladas según normas del decreto (Nº 2505/85 y Resolución 255/94 ó disposición 2318/02 TO2004 y 2319/02 TO2004 del Ministerio de Salud) En todos los casos, cada unidad de entrega (paquetes), deberá estar claramente identificada, mediante rótulo perfectamente adherido que indicará como mínimo lo siguiente: 1) Denominación del producto. 2) Contenido unitario. 3) Nº de Orden de Compra y año. 4) Nombre o marca comercial del fabricante o proveedor. 5) Fecha de expiración 6) Dirección del fabricante ó Importador 7) Nombre del Director Técnico Para los renglones a proveer en paquetes, estos deberán venir firmes, bien asegurados y no dar lugar que con el manipuleo, se produzca el desarme de los mismos. ART. 3º) ENVASES El Organismo Licitante, se reserva el derecho de considerar, envases de capacidad distinta a la solicitada en el presente Pliego de Bases y Condiciones, si a juicio de la dependencia usuaria no ofrece inconveniente alguno para su uso y/o distribución. Cuando por razones de envasado, la cantidad cotizada no se ajusta exactamente a lo solicitado, deberán cotizar la cantidad aproximada inmediata inferior a lo requerido en el pliego. A los efectos de comparar precios, se tomará como base la mínima unidad de medida a que se haga referencia en las especificaciones del renglón ART. 4º) MARCA Cuando en las especificaciones se mencione tipo de marca, lo es al solo efecto de señalar las características generales del artículo solicitado sin que ello implique que el proponente no pueda ofrecer artículos similares, de otras marcas, pero asimismo deberá especificar lo que ofrece. Deberán consignar en la cotización la marca de todos los productos cotizados. En caso que el oferente no haya identificado el producto con una marca determinada, ó no hubiera indicado si son de su fabricación y/o fraccionamiento, y no hubiera adjuntado una muestra del mismo, la respectiva oferta será descartada. ART.5º) VENCIMIENTO DE LOS PRODUCTOS Cuando se trate de material estéril, en el momento de la entrega, se deberá indicar en el envase el método de esterilización y la fecha de vencimiento del mismo, el cual no deberá ser inferior a 18 (MESES), a partir de la fecha de entrega. SALVO QUE SE INDIQUE UN VENCIMIENTO EN PARTICULAR EN EL RENGLON O EN LAS ESPECIFICACIONES DEL PLIEGO. ART. 6°) IRAM: solo para jeringas, agujas y tela adhesiva Cuando se solicita que los productos ofertados deben ser CON SELLO CERTIFICADO U HOMOLOGADO POR EL IRAM (Conforme Ordenanza 40361, Decreto 287/85, éstos deberán cumplimentar lo requerido. ALTERNATIVA AL SELLO IRAM, CERTIFICADO U HOMOLOGADO: el oferente podrá cotizar una oferta alternativa al sello IRAM, Certificado u Homologado, debiendo indicar concretamente la marca ofrecida y presentar muestras de lo ofertado a los efectos de apreciar calidad, caso contrario, la respectiva oferta será descartada. Esta alternativa, solo se tomará en cuenta en caso de no haber ofertas validas con Sello, Certificado u Homologado por el IRAM. ART. 7°) ALTERNATIVA El Organismo licitante se reserva el derecho de considerar ofertas alternativas, de características distintas a lo indicado En el pliego de bases y condiciones, incluidos en bases y/o presentaciones de contenidos diferentes a lo solicitado. En el caso de ofrecer distintas marcas comerciales para un mismo renglón deberán ser presentadas por separado como ofertas alternativas, de lo contrario no serán consideradas como ofertas validas. ART. 8°) DOCUMENTACION REQUERIDA PARA LA ENTREGA 1- 2(dos) fotocopias de la orden de compra 2- remito original y 3 (tres) copias en las que se indicara: numero de renglón, nombre genérico, nombre comercial, numero de certificado de autorización de venta, numero de lote y / o partida, fecha de vencimiento de cada uno de los artículos entregados y numero de orden de compra Requiere adjuntar documentación electrónica
3 CLAUSULAS PARTICULARES OBJETO: ADQUISICION DE DROGAS Y/O MONODROGAS, PRODUCTOS QUIMICOS, MEDICAMENTOS, COSMETICOS, ETC. 1º) OBLIGACIONES DEL OFERENTE No se acepta oferta de especialidades medicinales, medicamentos industriales, productos, formulas farmacéuticas Y reactivos para laboratorio si no están registradas y autorizada su venta por la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Medica. Cuando se cotice algunos de estos productos deberá acompañar fotocopia del certificado de fabricación expedido por la ANMAT certificada por el Director Técnico y Apoderado Legal del Laboratorio fabricante o del Oferente que deberá mantenerse vigente al momento del Acto de Apertura de Oferta. En caso de perdida de vigencia del mismo durante el procedimiento licitatorio o durante el plazo de ejecución del contrato este deberá ser actualizado a simple requerimiento del Organismo Licitante y/o destinatario.- Sin perjuicio de ello, en caso de corresponder, se podrá presentar el Certificado de Reinscripción debidamente Certificado.- b) Deberá presentar al momento del Apertura de Ofertas, una Declaración Jurada del Director Técnico avalada por Apoderado Legal, que todos los productos cotizados se ajustan a lo establecido por la Ley 16463 y sus modificatorias ( Decreto 9763/64 y sus modificatorios).- c) Para las Droguerías Farmacias y Distribuidoras, deberán presentar al momento de Acto de Apertura de Oferta, la habilitación e inscripción en el Ministerio de Salud y Acción Social de la Nación de acuerdo al Decreto 1299/PEN/97, firmado por el Apoderado Legal. d) El oferente deberá comunicar junto con la presentación de su oferta la designación de un representante a los efectos de coordinar y asegurar el cumplimiento de las obligaciones contractualmente pactadas, como así, de las novedades que le impongan las autoridades del Organismo Licitante y/o del Organismo Receptor y/o por parte de la Comisión de Fiscalización. En caso de que dicha designación no fuera comunicada expresamente en la oferta, se tomara como REPRESENTANTE al/ los FIRMANTES de la Oferta. Cualquier modificación en la designación del representante deberá ser notificada en forma fehaciente al Organismo Licitante, dentro de un plazo de 24 horas de producido el hecho. 2º) FISCALIZACION DE LA RECEPCION. La autoridad máxima del Organismo contratante designara a una Comisión de Fiscalización integrada como mínimo por un Profesional del Servicio de farmacia y dos Profesionales del área medica, y un representante del Area Administrativa, los que serán responsables de la fiscalización general de la prestación. 3º) FUNCIONES DE LA COMISION DE FISCALIZACION a) Efectuar el control y seguimiento del cumplimiento de las obligaciones asumidas por parte del adjudicatario . b) Labrar Actas en las que se asentaran las novedades que deriven de la contratación, a fin de que la superioridad tome conocimiento de ellas.- c) Aconsejar la realización de análisis de control de calidad de drogas y/o monodrogas, productos químicos, medicamentos, reactivos para laboratorio cosméticos, alimentos y toda otra sustancia que tenga incidencia en la Salud de la Población.- d) En caso de incumplimiento parcial o total de las obligaciones contraídas por el cocontratante, la Comisión de Fiscalización levantará un Acta proponiendo la aplicación de sanciones contractuales y disciplinarias.- e) La Comisión, por fundadas razones, podrá rechazar los insumos provistos por el Adjudicatario.- f) Aconsejar a través de un Acta la emisión del Parte de Recepción Definitiva.- 4º) RECEPCION DEFINITIVA: a) La dependencia receptora se reserva el derecho a realizar el análisis de control de calidad sobre las drogas y/o monodrogas, productos químicos, y/o medicamentos, reactivos para laboratorios, cosméticos, alimentos y toda sustancia que tenga incidencia en la salud de la población; a través del Ente que la Administración designé a esos efectos.- b) De modo previo a ejercer el derecho que se reserva la Administración, la dependencia destinataria deberá comunicar al Adjudicatario tal circunstancia con 48 horas de anticipación, indicando lugar, fecha y hora en que se tomarán las muestras de los insumos provistos.- La incomparecencia del adjudicatario o de quien lo represente, no será obstáculo para la extracción de las muestras.- c) La comunicación señalada precedentemente, se efectuará con estricta sujeción a los términos del Art. 61º del Decreto Nº 1510-GCBA-97 (B.O.C.B.A Nº 310) y Nro 1572/97 (BOCBA Nº 321).- d) En los casos que se efectúen los controles de calidad, la conformidad definitiva quedará supeditada a resultado del Protocolo de Análisis emitido por el Ente que al efecto se designará, y al Acta emitida por la Comisión de Fiscalización aconsejando la Recepción definitiva de los insumos.- 5º) EXTRACCION DE MUESTRAS: En el acto de extracción de muestras deben participar representantes de La Comisión Fiscalizadora de numero no inferior a tres miembros, los que firmaran el Acta correspondiente conjuntamente con el representante de la firma adjudicatario. En caso de incomparencia del mismo se dejara constancia en acta de tal circunstancia. Las muestras a seleccionar deberán provenir de las distintas partidas ingresadas al Establecimiento, para ello se retiraran cuatro (4) muestra de cada una de las mismas Una muestra lacrada quedara a resguardo de la Farmacia del Organismo Recepcionante, la segunda muestra lacrada quedara en resguardo del Ente designado para efectuar los Controles y Análisis que se le soliciten, la tercer muestra será la sometida a examen, en tanto que la cuarta muestra será entregada al representante designado por el adjudicatario de conformidad a lo señalado en articula 1º Ap. d) del presente. 6º) RECHAZO DE LA PROVISION: En el supuesto de que el/ los resultado /s del/ los Protocolo /s de Análisis, no satisfagan los condiciones de calidad contractualmente pactadas o los parámetros establecidos por la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Medica, se procederá conforme se indica: a) El adjudicatario será notificado de la predicha situación con arreglo a lo dispuesto por el Art. 61º del Dto. Nº 1510-GCBA-97 (BOCBA 310) procediéndose a intimarlo para que dentro del plazo de setenta y dos (72) horas sustituya los insumos que no hubieran resultados aptos, que en ningún caso podrán pertenecer a los lotes o partidas cuestionadas. A criterio de la máxima autoridad del Organismo Licitante, dicho plazo podrá ser reducido a efecto de evitar posibles desabastecimiento del producto en cuestión. La intimación lleva implícito el rechazo de los insumos analizados.- de no presentarse el adjudicatario dentro del plazo que le fuera fijado para reponer los insumos que se corresponde a las partidas rechazadas, la Administración podrá rescindir el contrato ya sea en forma total o parcial según corresponda con los efectos legales que ello acarrea. b) Las partidas repuestas, serán remitidas para un nuevo control, y en caso de reiterarse el resultado mas arriba señalado , el adjudicatario deberá abonar los costos emergentes de dicho control. En este supuesto, Adjudicatario, será notificado conforme a la norma memorada en el Inc.”a” , con los mismos términos y efectos. Requiere adjuntar documentación electrónica
4 c) Vencido el plazo de cumplimiento del contrato o de las prorrogas que se hubieran acordado sin que los insumos fueran entregados con la conformidad del Organismo Recepcionante, el contrato quedara rescindido de pleno derecho con perdida de la garantía de adjudicación y aplicación de las penalidades contractuales y sanciones disciplinarias correspondientes. d) Cuando del resultado del protocolo de análisis surgiere que las sustancias analizadas no se ajustan a los parámetros establecidos por el ANMAT copia de dicho informe será remitido a dicho Organismo a los efectos de su competencia. 7º) DISCONFORMIDAD DEL ADJUDICATARIO En caso de no estar conforme el adjudicatario con el resultado del análisis practicado, este podrá recurrir ante el Organismo Contratante en el plazo de 72hs, de notificado el resultado del análisis. De no realizar reclamo dentro del plazo indicado, de corresponder el contrato quedara rescindido de pleno derecho con perdida de la garantía de adjudicación y aplicación de las penalidades contractuales y sanciones disciplinarias correspondientes. El GCBA deslinda toda responsabilidad frente al cocontratante por los resultado obtenidos del protocolo de análisis emitido por el Ente designado al efecto. 8º) PLAZOS PARA LA EMISION DEL PARTE DE RECEPCION DEFINITIVA En el caso de que se proceda a la extracción de muestras de insumos a los efectos de llevar a cabo los controles de calidad y/o análisis que se ha reservado la administración , el plazo para la emisión del Parte de Recepción Definitiva, será de 72 horas a partir de la fecha de entrada al Organismo contratante del correspondiente protocolo de análisis emitido por el ente encargado de practicar el control.- 9º) IMPORTANTE Adquisición de insumos, material biomédico: Documentación a presentar ( carácter obligatorio). - Disposición de ANMAT 2319/02 (habilitación y autorización de funcionamiento) o constancia de su tramitación en curso, en aquellos casos que se tenga habilitación por la resolución 255/94. - Disposición de ANMAT 2318/02 (certificado de registro de producto) o declaración jurada que certifique el cumplimiento de dicha disposición. - Certificación de buenas practicas de fabricación (BPF) Disposiciones 191/99 y 698/99. 10º) ESTIBA En los elementos que así lo requieran el proveedor quedara a cargo de la estiba correspondiente en los depósitos que se designe el Instituto al momento de la recepción. 11º) ROTULADO En todos los casos cada unidad de entrega (paquete) deberá estar claramente identificada mediante rotulo perfectamente adherido que indicara como mínimo lo siguiente: 1.- Denominación del producto 2.- Contenido unitario 3.- Nro. De Orden de Compra y año. 4.- Nombre o marca comercial del fabricante o proveedor Para que los renglones a proveer, estos deberán venir firmes, bien asegurados y no dar lugar a que con el manipuleo se produzca derrame de los mismos. 12º) ENVASES: Esta repartición se reserva el derecho a considerar envases de capacidad distinta a la solicitada en el presente Pliego de Bases y Condiciones, si a juicio del Servicio no ofrece inconveniente alguno para su uso y/o distribución, a los efectos de comparar precio se tomara como base la unidad de medida. 13º En cumplimiento de requisitos establecidos por el Ministerio de Salud y Acción Social, los oferentes deberán cumplir con los siguientes requisitos: a) No se aceptaran ofertas de reactivos de laboratorio, si no están registrados y autorizados su venta por el Ministerio de Salud y Acción Social de la Nación. b) Los reactivos analíticos y los elementos de diagnostico a proveerse deberán reunir las condiciones exigidas por la Farmacopea Nacional Argentina. c) Los oferentes deberán presentar, cuando esta Repartición asi lo requiera, el certificado de autorización del Ministerio de Salud y Acción Social para la elaboración , venta, comercialización y/o importación bajo la cual esta inscripta la firma en el Ministerio. d) Deberán declarar en sus ofertas que cumplen con la Ley de Reglamentación vigente y modificatorias, en caso que corresponda. Caso Contrario la respectiva oferta seria descartada.- 14º El oferente podrá cotizar oferta alternativa, como alternativa se podrá aceptar cuando se soliciten ampollas, jeringas prellenadas, sachets, con las correspondientes preparaciones para su administración que estén registradas y aprobadas por MS y ASN. Como Alternativa podrán presentarse comprimidos, grageas, o cápsulas en caso de especialidades medicinales para uso oral. Solo podrán considerarse como similares de los solicitados, aquellos productos que sin responder exactamente a la nomenclatura posean idéntica composición química. VENCIMIENTO 15º El vencimiento de los productos no deberá ser inferior a un año, salvo aquellos casos en que el vencimiento se indique expresamente en las especificaciones. Con un canje de 45 días antes de su vencimiento. PRECIO UNITARIO 16º El precio unitario cotizado deberá responder estrictamente a la unidad y medida solicitada y se aceptaran en decimales, hasta cuatro dígitos. El importe total de cada renglón cotizado deberá presentar con dos (2) centavos en caso de cotizar con mas dígitos, estos no serán considerados ni redondeados. Cuando por razones de envasado, la cantidad cotizada no se ajusta exactamente a lo solicitado deberán cotizar la cantidad aproximada inmediata inferior a lo requerido en pliego.- COMPRAS PARCIALES 17º Este nosocomio se reserva el derecho de efectuar preadjudicaciones parciales de acuerdo a las urgencias que se susciten en el hospital. MARCAS 18º Cuando en las especificaciones se mencione el tipo de marca, lo es al solo efecto de señalar las características generales del articulo solicitado, sin que ello implique que el proponente no pueda ofertar articulo solicitado, sin que ello implique que el proponente no pueda ofertar artículos similares, de otras marcas, pero asimismo deberá especificar lo que ofrece, deberán consignar en la cotización la marca de todos los productos cotizados. En aquellos casos que el material cotizado no cuente con marca determinada, será imprescindible la presentación de muestra. 19º En cumplimiento de requisitos establecidos por el Ministerio de Salud y Acción Social, los oferentes deberán cumplir con los siguientes requisitos: e) No se aceptaran ofertas de reactivos de laboratorio, si no están registrados y autorizados su venta por el Ministerio de Salud y Acción Social de la Nación. f) Los reactivos analíticos y los elementos de diagnósticos a proveerse deberán reunir las condiciones exigidas por la Farmacopea Nacional Argentina g) Los oferentes deberán presentar, cuando esta Repartición así lo requiera, el certificado de autorización del Ministerio de Salud y Acción Social para la elaboración, venta, comercialización y/o importación bajo la cual esta inscripta la firma en el Ministerio. h) Deberá declarar en sus ofertas que cumplen con la Ley de Reglamentación vigente y sus modificatorias, en caso que corresponda. Caso contrario la respectiva oferta seria descartada. 20º Como Alternativa se podrá aceptar cuando se soliciten ampollas, jeringas prellenadas saches, con los correspondientes preparaciones para su administración que estén registradas y aprobadas por MS y ASN. Como Alternativa podrán presentarse ampollas /fcos ampollas, en caso de solicitarse para uso inyectable. Como Alternativa podrán presentarse comprimidos, grageas, o cápsulas en caso de especialidades medicinales para uso oral. Solo podrán considerarse como similares de los solicitados, aquellos productos que sin responder exactamente a la nomenclatura posean indentica composición química. MANIFESTAMOS EN CARÁCTER DE DECLARACION JURADA, QUE CUMPLIMOS CON LA LEY Nº 16.463 Y SUS MODIFICATORIAS . DECRETO Nº 576/2001(BOCBA Nº 1.190) Requiere adjuntar documentación electrónica

Cláusulas particulares

DocumentoNúmero SADENúmero especialFecha vinculaciónOpciones
Clausulas Particulares PLIEG-2024-13240551- -HMIRS 5/4/2024

Garantías

Garantía de impugnación al pliego
Porcentaje
La garant?a de impugnaci?n al pliego ser? entre el uno por ciento (1%) y el tres por ciento (3%) del presupuesto oficial o monto estimado de la compra.
Garantía de mantenimiento de oferta
Requiere incorporar garant?a de mantenimiento de oferta cuando el monto de la misma no supere las 100.000 unidades de compra y para las excepciones enumeradas en el art?culo 95 de la Ley 2.095 (texto consolidado seg?n Ley 6.588).
Garantía de cumplimiento de contrato
Requiere incorporar garant?a de cumplimiento de contrato cuando el monto del instrumento contractual no supere las 100.000 unidades de compra y para las excepciones enumeradas en el art?culo 95 de la Ley 2.095 (texto consolidado seg?n Ley 6.588).

Requiere incorporar contragarant?a.

Monedas habilitadas para presentacion de Garantías
  • Peso Argentino

Monto y duración del contrato

$ 2.700.000,00

ARS - Peso Argentino

Diario

A partir del perfeccionamiento del documento contractual

180 Días corridos

Supervisor

NombreApellidoTipo documentoNúmero documentoCargoUnidad Ejecutora
RosaliaPonce DNI 14000222Jefe de compras 435 - HTAL. RAMON SARDA

Anexos

Nombre Tipo Descripción Acciones
RESFC-2020-294-GCABA-MHFGC-IF-2020-15771437-GCABA-HMIRS.pdf Administrativo RESFC-2020-294-GCABA-MHFGC

Evaluadores del proceso de compra

Nombre y apellidoUnidad Ejecutora
María Gabriela Galasso 435 - HTAL. RAMON SARDA
Monica Viviana Vitalo 435 - HTAL. RAMON SARDA
Laura Griselda Ramírez 435 - HTAL. RAMON SARDA
Eduardo Alberto Comuzzi 435 - HTAL. RAMON SARDA
Pablo Carlos Rossi 435 - HTAL. RAMON SARDA

Actos administrativos

DocumentoNúmero SADENúmero especialFecha vinculaciónOpciones
Autorización pliego DI-2024-13432918- -HMIRS DI-2024-60-HMIRS 8/4/2024
Autorización llamado DI-2024-13432918- -HMIRS DI-2024-60-HMIRS 8/4/2024
Adjudicación y OC DI-2024-16836381- -HMIRS DISFC-2024-50-HMIRS 13/5/2024

Documento contractual por proveedor

NúmeroNombre proveedorIdentificador tributarioTipoEstadoFecha perfeccionamientoMonto
435-5574-OC24 FERAVAL S.A.33-71119257-9OriginalPerfeccionado13/5/2024ARS 3108000,00

Sustentabilidad

No